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PREGUNTAS
FRECUENTES SOBRE EXCEDENTES
¿Quién aprobó el procedimiento para
el cálculo de los excedentes?
La asamblea de
Asociados.
¿Qué requisitos deben cumplirse,
tanto por parte de los asociados como de ASEFYL para que se realice el depósito
de los excedentes en las cuentas de los asociados?
ASEFYL: Los estados
financieros deben estar auditados y debe de estar la ratificación de la
distribución de los excedentes por parte de la asamblea de asociados.
Asociado: Los asociados
deben de estar al día con las cuotas de los créditos, de lo contrarío los
excedentes se aplicarán parcial o totalmente a las cuotas atrasadas.
¿Cómo se calculan los excedentes del
periodo?
El cálculo de los excedentes se realiza de forma
mensual de la siguiente forma:
1.
Se obtiene un factor mensual para el cálculo de
los excedentes, dividiendo la utilidad de cada mes entre el total de los
saldos de los aportes personales, patronales y excedentes capitalizados de
todos los asociados.
2.
Para obtener el monto de excedentes que le
corresponde a cada asociado por mes, se multiplican los saldos de los aportes
(personales + patronales + excedentes capitalizados) por el factor calculado
en el punto No. 1.
3.
Los asociados deben pagar un 5% sobre sus excedentes
correspondiente al impuesto sobre la renta, este es deducido del monto a
depositar automáticamente por ASEFYL.
4.
Del total de excedentes que le corresponden a
cada socio, 65% son distribuidos (para ser depositados, aplicados a deudas y
ahorros, entre otros) y 35% son capitalizados. Estos porcentajes fueron
definidos por la asamblea de asociados celebrada el 4 de diciembre de 2007.
¿Qué pasa si yo renuncio durante dos
meses de la asociación y luego vuelvo a ingresar?
El cálculo de los excedentes se realiza de forma
mensual con los saldos de los aportes (personales, patronales y excedentes
capitalizados), un exasociado no tiene saldos, por lo que durante los meses
que no se encuentra asociado no percibirá excedente alguno.
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