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1-
¿Qué es el Solidarismo?
Es un Movimiento Obrero – Patronal de
origen costarricense cuyo surgimiento data de la década de los años 40”s. Sus
bases filosóficas e ideológicas se remontan a los trabajos del francés León
Burgeois, el alemán Enrique Pesch y el español José Ortega y Gasset así como,
el aporte de los principios cristianos de justicia social.
2-
¿Qué importancia tiene
el Solidarismo en la sociedad costarricense?
El Solidarismo incentiva la
participación democrática, crea una actitud de ahorro permanente; desarrolla
actividades positivas de conveniencia social; permite la administración del
fondo económico del auxilio de cesantía; facilita la adquisición de bienes y
servicios; genera excedentes para sus asociados; promueve un ambiente laboral
de paz y armonía obrero – patronal, entre otras.
El Solidarismo representa casi el 5%
del Producto Interno Bruto (PIB) del país y el patrimonio acumulado a la
fecha supera los 500 millones de dólares con aproximadamente 228.861 afiliados.
3-
¿Qué es una Asociación
Solidarista?
Las asociaciones solidaristas son
organizaciones sociales que se inspiran en una actitud humana, por medio de
la cual el hombre se identifica con las necesidades y aspiraciones de sus
semejantes, comprometiendo el aporte de sus recursos y esfuerzos para
satisfacer esas necesidades y aspiraciones de manera justa y pacífica. Su
gobierno y su administración competen exclusivamente a los trabajadores
afiliados a ellas.
4-
¿Cuándo se fundó
ASEFYL?
ASEFYL fue fundado el 11 de Noviembre de 1982. En
vista de que la ley 6970 de Asociaciones Solidaristas de Costa Rica, la cual
brindaba el disfrute de beneficios para todos los trabajadores del país. De
esta manera el 22 de junio de 1984 se obtiene la personería jurídica formal
de la Asociación.
5-
¿Se puede financiar con
ASEFYL un crédito para Agricultura o Ganadería?
Acceder al crédito en ASEFYL es
sumamente simple. Existe el Crédito Social que permite atender muy diversas
necesidades: Agricultura o Ganadería, Estudios, Reparación o Mejora de
Vivienda, Vacaciones y Servicios Médicos.
6-
¿Debe ASEFYL pagar
impuesto sobre la Renta?
Según la Ley del Impuesto sobre la
Renta #7092 las Asociaciones Solidaristas están exentas del pago de este
tributo, solo están obligados en su condición de agentes retenedores a
entregar al Fisco el 5% de los excedentes efectivamente pagados a sus
asociados.
7-
¿Qué otros tipos de
impuestos debe ASEFYL atender como persona jurídica?
Únicamente debe pagar impuestos sobre
las ventas, sobre traspaso de bienes, impuestos municipales y aranceles de
aduana sobre importaciones que realice. Tácitamente está excluida del pago de
impuesto sobre la Renta, proveniente de su operación, históricamente los
nuevos impuestos han afectado al sector Solidarista, un ejemplo de ello es el
Impuesto sobre los Activos.
8-
¿Desde cuándo ASEFYL
tiene su propia sede?
Desde el día 1º de Mayo de 1999,
ASEFYL ocupo su sede propia.
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