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AYUDAS PARA GASTOS DE TRANSPORTE

Los asociados /as con discapacidades físicas y familiares de estos, que por su calificación vean impedida o grandemente dificultada la posibilidad de utilizar medios de transporte público, percibirán sustitutoriamente una indemnización económica periódica equivalente al resultado de multiplicar la tarifa de un taxi por la cantidad de veces a la semana de su domicilio a su trabajo en trayecto de ida y vuelta, acreditándose en forma prorrateada por un máximo de tres mensualidades iguales.

Requisitos

Las ayudas sociales otorgadas, que hace referencia este procedimiento deberán de considerar en cada caso los siguientes ítems:

·         Nota de solicitud de parte del interesado o solicitante.

·         Situación socioeconómica del posible beneficiado y estado de cuenta de ASEFYL, comprobante o constancia de pago de salarios en caso de ser asociado.

·         Estudio de crédito del beneficiario

·         Comprobante que justifique la ayuda (servicios médicos, desastres naturales, robo de bienes.)

·         Nota de comprobada trayectoria o justificante, en caso de instituciones o no asociados.

·         Completar la Boleta de Egresos del Programa Mejorando su Calidad de Vida

 

Una solicitud que no cumpla con los requisitos anteriores quedará en estado pendiente hasta que el asociado o institución cumpla con todos los requisitos solicitados. 

Cuando una solicitud no cumpla con toda la documentación necesaria para ser analizada; se deberá informar al asociado o institución, que la misma no será tramitada hasta que la documentación sea completada.

 

 

Asociación Solidarista de Empleados de la Compañía Nacional de Fuerza y Luz.
Teléfono: 2256-5070 Fax: 2222-1415
Correo Electrónico: servicio@asefyl.or.cr
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