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AYUDA PARA VIVIENDA POR INCENDIOS Y CAUSAS NATURALES
Las ayudas se extienden a cualquier asociado; conducentes
a la obtención de mejorar la vivienda donde habita el asociado y su familia.
Se otorgará una ayuda de 200.000,00 colones al asociado que
sufra pérdidas materiales por incendio y
causas naturales (queda excluida la perdida por terremotos). Para
hacer efectiva la ayuda el asociado deberá de presentarse en las oficinas de
la asociación con los documentos que hagan constar las pérdidas incurridas.
En los casos de incendios se debe aportar una carta del
Cuerpo de Bomberos que atendió la emergencia, en lo referente a huracanes,
inundaciones y otros, deberá presentar una nota de la Comisión Nacional de
Emergencias o en su defecto un representante de ASEFYL podrá visitar la
propiedad y constatar la situación; mediante el levantamiento de un acta o
documento que lo respalde.
En este caso se requieren fotos comprobatorias de la ayuda
realizada (antes y después de realizada)
En todos estos casos el bien debe estar registrado a
nombre del asociado, cónyuge o padres.
Este tipo de ayudas requiere presentar posterior a la
misma comprobantes que la justifiquen. Para ello; el asociado deberá de
firmar en la boleta de recibido conforme, un compromiso de presentación de
comprobantes; de no ser así, el asociado deberá de rembolsar este dinero en
un plazo de ocho días.
Del estudio, documentos
de trámite y de una solicitud de ayuda
Las ayudas sociales otorgadas, que hace referencia este procedimiento
deberán de considerar en cada caso los siguientes ítems:
- Nota de solicitud
de parte del interesado o solicitante.
- Situación socioeconómica del posible beneficiado y
estado de cuenta de ASEFYL, comprobante o constancia de pago de salarios en
caso de ser asociado.
- Estudio de
crédito del beneficiario
- Comprobante que
justifique la ayuda
- Nota de comprobada trayectoria o justificante, en caso
de instituciones o no asociados.
- Completar la
Boleta de Egresos del Programa Mejorando su Calidad de Vida
Una solicitud que no cumpla con los requisitos anteriores
quedará en estado pendiente hasta que el asociado o institución cumpla con
todos los requisitos solicitados.
Cuando una solicitud no cumpla con toda la documentación
necesaria para ser analizada; se deberá informar al asociado o institución,
que la misma no será tramitada hasta que la documentación sea completada.
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