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CAUCIONES

 

 

¿Qué es una caución?

 

Garantía o fianza que deberá rendir el funcionario que tenga a cargo la recaudación, custodia o administración de fondos y valores públicos, la cual deberá rendirla de su propio peculio, ya sea en dinero en efectivo, título valor, o por medio de póliza de fidelidad extendida por el asegurador.

 

¿Qué es un caucionante?

 

El funcionario que debe rendir garantía o fianza por recaudar, custodiar o administrar fondos y valores públicos, según el artículo 13 de la Ley de la Administración Financiera de la República y Presupuestos Públicos.

 

¿Qué es una Póliza Colectiva de Fidelidad?

 

Es una póliza que contrata la CNFL con el Asegurador, la cual estará a cargo de la Sección Administración de Seguros, para que los caucionantes, de forma voluntaria, se puedan suscribir por su cuenta y costo,  para cumplir con lo dispuesto en este reglamento.

 

¿Cuáles funcionarios de la CNFL están sujetos a caución?

 

Tomando en consideración los niveles de responsabilidad, y sujetos a los principios de lógica, eficiencia, eficacia, economía, legalidad, nivel de riesgo y las prácticas generales de sana administración de los recursos públicos, los (as) funcionarios (as) llamados (as) a caucionar son los siguientes:

 

a) El Jerarca

b) Titulares Subordinados

c) Los encargados de los fondos de trabajo

d) Los encargados de recaudar, custodiar y trasegar dineros y valores.

 

 

¿De qué formas debe de rendirse una caución?

 

La CNFL establece como únicas formas de rendir garantía:

 
a) Depósito en efectivo a favor de la CNFL en la cuenta bancaria que ésta determine, la cual será de uso exclusivo para la custodia de las cauciones.

b) Títulos valores del Estado.

c) Póliza de fidelidad individual extendida por el Asegurador.

d) Póliza de fidelidad colectiva extendida por el Asegurador.

 

a) Depósitos en efectivo

 

Los funcionarios que deseen rendir la garantía en efectivo deben solicitar a la Sección Tesorería la confección de un recibo de caja utilizando la cuenta contable 263555 “Depósitos Rendición de Garantías Funcionarios CNFL” que se ha creado para tal fin con su respectivo auxiliar de mayor.

 

b) Títulos valores del Estado

Son por lo general certificados de inversión con un plazo de vigencia determinado que los funcionarios formalizan en una entidad bancaria y que deberán depositar en la Sección Tesorería.

Para el adecuado registro contable se ha asignado la cuenta 712008 “Depósitos Rendición de Garantías Funcionarios CNFL”, con su respectivo auxiliar de mayor.

 

c) Póliza de Fidelidad

La Sección Administración de Seguros ha hecho llegar a cada interesado la información correspondiente para formalizar la suscripción de la póliza respectiva. Las sumas serán deducidas por la Sección Trámite y Nómina una única vez en el mes de diciembre.

Ya se asignó la cuenta contable para el registro de esta deducción y se coordinó lo pertinente con dicha sección.

El monto del seguro de acuerdo con la suma administrada son los siguientes:

 

 

Monto del Seguro

Sector Público

Prima i.v.i

Monto del Seguro

Sector Público

Prima i.v.i

250.000.00

8.475.00

 

650.000.00

10.470.00

300.000.00

8.730.00

 

700.000.00

11.060.00

350.000.00

8.990.00

 

750.000.00

11.390.00

400.000.00

9.260.00

 

800.000.00

11.730.00

450.000.00

9.540.00

 

850.000.00

12.085.00

500.000.00

9.825.00

 

900.000.00

12.445.00

550.000.00

10.120.00

 

950.000.00

12.820.00

600.000.00

10.425.00

 

1.000.000.00

13.205.00

 

 

De acuerdo con el artículo 7 del reglamento, la Sección Tesorería es la encargada de  “Custodiar las cauciones que al efecto rindan los funcionarios que custodien, administren o recauden fondos y valores públicos…….”

 

 

ASEFYL su mejor opción para caucionar:

 

 

Monto del Seguro

ASEFYL

Monto del Seguro

ASEFYL

250.000.00

3.000,00

 

1.000.000.00

6.000,00

 

 

 

 

Asociación Solidarista de Empleados de la Compañía Nacional de Fuerza y Luz.
Teléfono: 2256-5070 Fax: 2222-1415
Correo Electrónico: servicio@asefyl.or.cr
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