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CAPITULO III: DE LOS
REQUISITOS Y BENEFICIOS DEL PROGRAMA
Artículo
7:
Toda gestión de asistencia dentro de este
Programa, deberá presentarse por medio de una solicitud escrita dirigida a la
Comisión Social, la que deberá contener la justificación de
acuerdo los documentos de respaldo indicados
en las “Políticas del Programa
Bienestar Social”.
Cuando una solicitud no cumpla con toda la
documentación necesaria para ser analizada,
se informara
al solicitante que esta no será presentada a la Comisión Social para su
respectivo análisis, hasta que la documentación se complete.
Se exceptúa del trámite de la solicitud, la
asistencia por defunción que se
realizara de oficio mediante la presentación de la documentación que
corrobore el evento.
Artículo
8:
El
Programa de Bienestar Social de ASEFYL
podrá brindar apoyo en las siguientes situaciones, de acuerdo a la
disponibilidad de fondos y al análisis respectivo del caso:
a) Ayuda por defunción.
b)
Asistencia en
enfermedades o tratamientos médicos.
c) En caso de
incendio o desastre natural.
d)
Para iniciativas de responsabilidad social.
e) Apoyo en actividades deportivas o culturales.
f) Debido a la situación económica extrema de un
asociado.
g) Casos no regulados
específicamente en este Reglamento
Las
situaciones indicadas en este artículo
se aplicaran en apego a los requerimientos y procedimientos indicados en las
“Políticas del Programa de Bienestar Social”, elaborado para tal fin.
Artículo 9.
La asistencia derivada de este Programa se
otorgará en función del grado de urgencia de la situación, el orden cronológico de presentación de
cada solicitud y hasta el agotamiento del presupuesto anual asignado al
mismo. En caso de un evento cuyos
efectos generen secuelas en un gran número de
asociados, la Junta Directiva determinará la viabilidad económica de
otorgar ayudas dentro de este programa a los afectados.
Artículo
10:
El plazo máximo para solicitar la asistencia
dentro de este Programa es de seis meses, luego de haber acaecido el
evento, superado este plazo la asistencia no se podrá
otorgar.
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